LEY IMPOSITIVA 2837- Año 2013
La Legislatura de la Provincia del Neuquén
Sanciona con Fuerza de
Ley:
Artículo 1° La percepción de las obligaciones fiscales establecidas en el Código Fiscal provincial se efectuará de acuerdo con las disposiciones de la presente Ley.
Continuar leyendo: Ley Impositiva 2837