LEY IMPOSITIVA 3177 – Año 2019
La Legislatura de la Provincia del Neuquén
Sanciona con Fuerza de
Ley:
LEY IMPOSITIVA
TÍTULO I
PARTE GENERAL
Artículo 1.º La percepción de las obligaciones fiscales establecidas en el Código Fiscal provincial
se efectúa según las disposiciones de la presente ley.
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