RESOLUCION 57-2019 INMUEBLES DE ESTADO AFECTADOS A VIVIENDA INSTITUCIONAL
Artículo 1º: ESTABLÉCESE que los inmuebles del Estado provincial, sus
dependencias, reparticiones autárquicas y descentralizadas afectados al régimen de vivienda institucional, se encuentran alcanzados por la exención prevista en el Artículo 165, inciso a) del Código Fiscal Provincial vigente, en la medida que los mismos no se encuentren contenidos en la exclusión expresamente prevista en el referido inciso, no siendo responsables de pago quienes resulten ocupantes de las mismas.
Artículo 2°: HÁGASE SABER que será responsabilidad de cada organismo
gestionar la inscripción de los inmuebles en debida forma ante la Dirección Provincial de Catastro e Información Territorial.
Artículo 3º: NOTIFÍQUESE al presentante y a las Direcciones intervinientes de la
Dirección Provincial de Rentas. REGÍSTRESE en el Libro de Resoluciones. PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial. Cumplido ARCHÍVESE.
ES COPIA FDO) INSUA