RESOLUCIÓN N° 348-DPR-2023-TASA DE INTERES
Artículo 1º: FÍJESE la tasa de interés mensual prevista por los artículos 84 y 87 del Código Fiscal Provincial Vigente, a partir del 1º de Septiembre de 2023, en el nueve por ciento (9,00%).
Artículo 1º: FÍJESE la tasa de interés mensual prevista por los artículos 84 y 87 del Código Fiscal Provincial Vigente, a partir del 1º de Septiembre de 2023, en el nueve por ciento (9,00%).